La relación laboral, por su propio diseño jurídico y normativo, genera un espacio en el que la persona del trabajador presta sus servicios bajo el poder de dirección del empleador. Esta sujeción implica, sin lugar a dudas, tener que encajar los derechos subjetivos y también fundamentales que posee todo ser humano con los deberes derivados de la prestación, si bien ese acoplamiento en absoluto puede consistir en una alteración tal de la formulación de los derechos del trabajador que genere su transgresión o, incluso, su vaciamiento.
El riesgo de incurrir en estos atropellos podría ser aún mayor cuando los derechos objeto de modulación en el contexto laboral son los, así denominados, “inespecíficos” , puesto que su distancia de lo que puede considerarse el núcleo duro de la relación contractual conlleva, en ocasiones, ponderar en términos idénticos elementos tan dispares como las obligaciones contractuales y los derechos fundamentales. Por ello, el objetivo de este trabajo es analizar específicamente las operaciones interpretativas realizadas por el TC y el TS sobre la ponderación de derechos y bienes constitucionales y de modulación del ejercicio del derecho fundamental a la libertad religiosa, cuando es ejercido tanto por la parte empresarial como por la del trabajador, con la finalidad de identificar si tales técnicas jurisprudenciales de acomodación estuvieran apuntando en puridad a su deconstrucción.