Teniendo en cuenta que en el uso de estas herramientas de evaluación de la reincidencia, "violencia" es un concepto que asimilamos a delincuencia podemos definir Violencia Inespecífica como “Se tratan de todos aquellos actos delictivos por acción u omisión cuyo objetivo no puede concretarse en un grupo determinado de víctimas, sino que estarían dirigidos contra cualquier persona o bien protegido”
Vamos a incluir en este concepto la tipología delictiva con distinta gravedad que no se evalúa en violencia sexual, en violencia de pareja, en acoso y en terrorismo, delitos para los cuales se han desarrollado instrumentos de evaluación de la reincidencia con posterioridad.
Recordamos que en el territorio español existen prácticas diferentes en la evaluación de la reincidencia según el territorio tenga transferidas las competencias en materia penitenciaria
Ejemplos: homicidios, detención ilegal y secuestro, hurtos y robos, amenazas, coacciones, injurias y calumnias, trasgresión de normas de circulación a vehículos, contra la salud pública (tráfico y venta de sustancias estupefacientes), fraudes, lesiones (físicas), incendios, trata de seres humanos, explotación sexual, pornografía con menores de 16, delitos informáticos, delitos contra el patrimonio y contra la hacienda pública, contra la propiedad intelectual, blanqueo de capitales, falsificación de moneda, cohecho, malversación, contra la salud de los trabajadores, inviolabilidad del domicilio, derecho a la propia imagen, contra la integridad moral, quebrantamiento de condena, cooperación e inducción al delito, imprudencia, omisión del deber de socorro, etc..