La actual política legislativa contra la violencia sobre la mujer en la pareja
íntima heterosexual está informada por las políticas públicas de actuación obligatoria.
Estas políticas se caracterizan por articular un proceso penal en el que se limita
notablemente la autonomía de la víctima.
En el ordenamiento jurídico español, una de las manifestaciones de las políticas públicas
de actuación obligatoria es la irrelevancia de la voluntad de la víctima para el ejercicio
de la acción popular por parte de las Administraciones Públicas.
El Tribunal Constitucional ha avalado el ejercicio de la acción popular por parte de las
Administraciones Públicas siempre que exista una norma que lo prevea. En este trabajo
se analiza esa normativa, concluyendo que la misma no tiene en cuenta la autonomía de
la víctima en el proceso