El ya derogado «complemento por maternidad» ha supuesto un conjunto de vicisitudes para el legislador español desde el momento de su aprobación debido, entre otras cuestiones, a la finalidad y justificación de este. El pronunciamiento del TJUE, que declaraba la iniciativa como discriminatoria hacia el hombre, ha obligado a una nueva configuración tanto del ámbito objetivo, como subjetivo de la norma, de tal suerte que, el resultado es el nuevo «complemento de pensiones contributivas para la reducción de brecha de género» que si bien enmienda muchos de los puntos críticos anteriores, deja algunas cuestiones sin resolver.