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dc.contributor.authorMacías-García, María del Carmen 
dc.date.accessioned2024-09-25T08:42:37Z
dc.date.available2024-09-25T08:42:37Z
dc.date.issued2021
dc.identifier.issne2660-437x
dc.identifier.urihttps://hdl.handle.net/10630/33158
dc.description.abstractLa pensión de jubilación anticipada por causa no imputable al trabajador aparece regulada de forma clara en nuestra legislación. Sin embargo, el cumplimiento de los requisitos exigidos de forma específica en algunas ocasiones se confunde con los generales y comunes indispensables para el acceso a las prestaciones de nuestro sistema de Seguridad Social. A la necesidad de encontrarse inscrito como demandante de empleo y si es supletorio del requisito de alta asimilada dedicamos las siguientes líneas.es_ES
dc.language.isospaes_ES
dc.publisherUniversidad de Málagaes_ES
dc.relation.ispartofseriesRevista de Estudios Jurídico Laborales y de Seguridad Social (REJLSS);
dc.rightsinfo:eu-repo/semantics/openAccesses_ES
dc.subjectJubilación anticipadaes_ES
dc.subjectParadoses_ES
dc.subject.otherJubilación involuntariaes_ES
dc.subject.otherRequisitoses_ES
dc.subject.otherAlta asimiladaes_ES
dc.subject.otherDemandante empleoes_ES
dc.title¿Es requisito necesario la situación de asimilación al alta para el acceso a la jubilación anticipada involuntaria?es_ES
dc.typeinfo:eu-repo/semantics/articlees_ES
dc.centroFacultad de Estudios Sociales y del Trabajoes_ES
dc.type.hasVersioninfo:eu-repo/semantics/publishedVersiones_ES


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