La singularidad de los principios y características que definen a las sociedades cooperativas genera problemas interpretativos que se manifiestan, con especial intensidad, cuando devienen insolventes y es necesaria la aplicación del Derecho concursal. En este trabajo trataremos de dar solución a las dudas interpretativas generadas por la particular configuración de la estructura financiera de las sociedades cooperativas andaluzas. En primer lugar, estudiaremos la naturaleza jurídica de su capital social y las novedades introducidas en su régimen tras la aprobación de la Ley 14/2011, de 23 de diciembre, de Sociedades Cooperativas Andaluzas. En segundo lugar, analizaremos las implicaciones o consecuencias concursales de la irrepartibilidad del Fondo de Reserva Obligatorio y la inembargabilidad del Fondo de Formación y Sostenibilidad.