A lo largo del pasado año 2022 el Tribunal Supremo ha dictado cuatro
Sentencias, en buena parte paralelas, en las que se enfrenta con la posible
resolución de unos contratos de compraventa inmobiliaria a raíz de la alteración
sobrevenida de las circunstancias urbanísticas. En todas ellas demandaba
la resolución el comprador, una promotora que entendía que la modificación
del planeamiento frustraba la finalidad de su adquisición. El Tribunal
Supremo falla en todos los casos a su favor, manejando doctrinas tan dispares
como la del aliud pro alio, la causalización del contrato o las condiciones
tácitas, desechando en cambio la alternativa empleada por alguno de los
tribunales de instancia de servirse de la rebus sic stantibus. Según la doctrina
de estas Sentencias, si la modificación sobrevenida del planeamiento provoca
que no se puedan utilizar las fincas adquiridas para el fin urbanístico
previsto, la resolución es posible, debiendo devolverse las cantidades vinculadas
al fin que se pagaron, pero no aquellas que parecían funcionalmente
constituir una opción de compra futura.