El acceso al ocio y a la cultura (museos, centros de interpretación o eventos culturales) es un derecho universal recogido en la Convención sobre los derechos de las personas con discapacidad (Art. 30). Así, la declaración de HE2021-2030, Pilar 2, el clúster denominado Cultura, creatividad y sociedad inclusiva entiende la promoción del patrimonio cultural para todos como una herramienta para combinar crecimiento económico con protección e inclusión social.
Con este trasfondo político, las instituciones culturales europeas (Centre Pompidou, MNCARS, Tate, V&A Museum, Palazzo Madama), desarrollan programas de mediación cultural para el acceso al patrimonio de las personas con diversidad funcional y cognitiva sin que se hayan definido aún en profundidad el marco teórico y metodológico que explique tanto la representación de este conocimiento, como el acceso al mismo por parte de los colectivos de sujetos implicados.
Desde la traductología cognitiva, se ha desarrollado una línea de investigación aplicada y multidisciplinar que, por un lado, analiza el proceso traductor intersemiótico, esto es imágenes y sonidos a palabras y a la inversa y, por otro, posibilita la realización de estudios que evalúan el disfrute y la experiencia estética de las personas con capacidades diversas.