La investigación que aquí se presenta tiene como principal objetivo proponer una serie de
principios a incluir en la legislación en materia de transparencia, concretamente en aquella
relativa a la gestión de los medios de comunicación sociales, tanto de titularidad pública como
para los de titularidad privada. Aunque la Ley 19/2013 de 9 de diciembre, de transparencia,
acceso a la información pública y buen gobierno, sigue la tendencia de la mayoría de los países
europeos en identificar a organismos del poder ejecutivo como los responsables de rendir
cuentas, la norma no contempla el cumplimiento específico de transparencia en materia de
gestión de los medios de comunicación La hipótesis principal es considerar que, la mayoría de
las corporaciones radiofónicas públicas de proximidad en Andalucía realizan su labor de
información corporativa dirigida a la ciudadanía de una manera elemental. La metodología
empleada para validar la investigación es la revisión y el análisis exhaustivo de la Ley 19/2013
y de su aplicación, así como de leyes equivalentes en otros países de nuestro entorno y de los
decretos autonómicos en esta materia a nivel nacional. Además, se ha aplicado, parcialmente,
el Índice de Rentabilidad Social a las corporaciones de radio públicas de proximidad
en Andalucía, en lo referido a transparencia en la gestión. Dicho índice evalúa 32 categorías
agrupadas en seis áreas. Como principal conclusión, destacamos que La ley de Transparencia debería contemplar a los medios y obligarlos a hacer públicas las fuentes de sus ingresos, de manera pormenorizada. Y en el caso
de poseer ingresos derivados de contratos con entidades de carácter público (subvenciones o
publicidad institucional) se debe indicar el origen de las partidas, la cuantía de la adjudicación
y el uso de las mismas. La publicación de esta información se convierte en un elemento
diferenciador entre las sociedades democráticas y las sociedades democráticas plenas.