A lo largo de nuestro trabajo de investigación hemos demostrado una serie de premisas de la que partíamos con anterioridad: una de ellas es la necesidad de considerar la enseñanza/aprendizaje del español con fines específicos (en adelante EFE) de manera diferenciada a la enseñanza/aprendizaje del español para extranjeros (en adelante ELE), la otra es la de dejar constancia de la obligación por parte de las instituciones implicadas en el fomento y desarrollo de la enseñanza especializada de nuestro idioma: sin duda esta apuesta aportará más diversidad y calidad a la enseñanza del español y, como consecuencia de esto, aún más prestigio del que contamos en la actualidad.
Cuando hablamos de EFE tenemos que tener una concepción amplia del término. Por la enseñanza y aprendizaje de español con fines específicos entendemos un tipo de enseñanza que viene marcada y se ve condicionada por un factor clave: el grupo de alumnos tienen perfiles similares y, sobre todo, unas necesidades de aprendizaje que los caracteriza. Estas peculiaridades marcan de forma obligada todo el proceso de enseñanza y aprendizaje. A través de las herramientas que nos proporciona el Enfoque curricular y la nueva concepción del Currículo para la enseñanza de idiomas podemos establecer un marco lo suficientemente general y flexible para adaptarlo a las nuevas y diversas necesidades de aprendizaje de nuestros estudiantes.
Nuestra tesis doctoral se denomina intencionadamente La Enseñanza de español para fines específicos: el español jurídico ya que con este título hemos querido separar dos partes que aunque independientes una, la enseñanza de español para fines específicos, implica a la otra, la enseñanza/aprendizaje de español jurídico. De este modo, en una primera parte hemos asentado las bases teóricas de EFE: analizamos la evolución histórica en el aprendizaje de idiomas y, especialmente al aprendizaje de idiomas con fines específicos, nos remontamos al origen de esta área de aprendizaje que se encuentra en la enseñanza del inglés con fines específicos; presentamos la definición y la clasificación de las distintas lenguas de especialidad; analizamos cómo ha sido y cómo tiene que ser, según nuestra opinión, el perfil del profesor de EFE; realizamos un estudio exhaustivo de documentos europeos del Consejo de Europa y documentos españoles del Instituto Cervantes para rastrear las referencias que se realizan a las lenguas de especialidad en estos; recorremos la evolución metodológica en EFE desde los denominados “métodos de trabajo” hasta el “Enfoque curricular” y, por último, presentamos una visión de la Didáctica de EFE desde los presupuestos de la Lingüística Aplicada. En la segunda parte, la enseñanza/aprendizaje del español jurídico, analizamos los anteriores puntos pero focalizando nuestra atención en esta área tan delimitada de EFE. Destacamos como puntos más relevantes los siguientes: la propuesta de un cambio de denominación del tradicional “español jurídico” y más restringido, al de “español del derecho” con lo que queremos representar que su estudio no se basa exclusivamente en el léxico sino que es el aprendizaje de un discurso que se origina en un sistema jurídico, el “Civil Law”, y en un ordenamiento jurídico como es el español. Asimismo destacamos el análisis pormenorizado del discurso, tanto oral como escrito, jurídico español junto con la presentación de los géneros más representativos. Nuestro trabajo de investigación concluye con nuestra personal visión de la enseñanza/aprendizaje del español del derecho pero desde una óptica diferente: la práctica en el aula. Por este motivo presentamos cuatro propuestas de unidades didácticas que representan cuatro ramas diferentes del derecho español: Unidad didáctica 1 (Derecho Administrativo); Unidad didáctica 2 (Derecho Civil); Unidad didáctica 3 (Derecho Mercantil) y Unidad didáctica 4 (Derecho Penal).