La teoría del Derecho contemporánea que responde a los apelativos de post-positivista o neoconstitucionalista se caracteriza por mantener tres tesis, complementarias entre sí. La primera de ellas afirma que las normas de derecho fundamental son estructural o funcionalmente distintas al resto de normas del ordenamiento: son principios. La segunda tesis afirma que la identificación del contenido es el resultado de resolver el conflicto entre dos normas de derecho fundamental o entre un derecho fundamental y otra norma constitucional. Y –tercera tesis– en la medida en que esto es así, el razonamiento de aplicación de las normas de derecho fundamental no procede según el esquema subsuntivo, sino mediante la ponderación. El objetivo de este paper es justificar una concepción coherentista del sistema de derechos fundamentales a partir de una argumentación que no parte de cuestionar la distinción entre reglas y principios en el ordenamiento, sino la estructura de los conflictos entre normas de derecho fundamental.